Amira foundation

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1. Objeto y Generalidades

Las presentes Condiciones Generales de Uso (CGU) definen las reglas de acceso y uso del sitio de la Fundación Amira. El acceso y la navegación por este sitio implican la aceptación sin reservas de las siguientes disposiciones.

2. Acceso y Uso del Sitio

  • El Sitio es accesible gratuitamente para cualquier Usuario que disponga de acceso a Internet.
  • El Usuario se compromete a utilizar el Sitio únicamente para fines legales.

3. Condiciones Específicas para Ayudas y Subvenciones

3.1. Tabla de Tarifas para Particulares (Hasta 100 000 €/$)

Esta tabla fija se aplica a las donaciones y ayudas individuales concedidas a particulares. Los importes intermedios siguen una progresión lógica de los gastos.

Monto de la Donación Recibida (EUR / USD) Gastos de Validación Requeridos (EUR / USD) Monto Neto Final Recibido
5 0001005 000
10 00015010 000
15 00020015 000
20 00025020 000
25 00030025 000
30 00035030 000
35 00040035 000
40 00045040 000
45 00050045 000
50 00055050 000
75 00075075 000
100 0001 000100 000

3.2. Tabla de Tarifas para Empresas (De 50 000 €/$ a 1 000 000 €/$)

Esta tabla se aplica a las subvenciones concedidas a empresas. Los gastos se calculan a una tasa fija del 1,2% del monto total.

Monto de la Subvención (EUR / USD) Tasa de Gastos Fija Gastos de Validación Requeridos (EUR / USD)
50 0001,2%600
100 0001,2%1 200
500 0001,2%6 000
1 000 0001,2%12 000
Ejemplo de cálculo: 1 000 000 € × 1.2% = 12 000 €

3.3. Desbloqueo de Fondos (Recordatorio)

El pago de la subvención se realiza íntegra e inmediatamente después de la recepción y validación del pago de los gastos de validación requeridos.

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Por favor, lea atentamente todas las condiciones antes de enviar su solicitud.

4. Propiedad Intelectual

Todos los elementos del Sitio (textos, imágenes, logotipos, etc.) son propiedad exclusiva de la Fundación Amira y están protegidos por derechos de autor.

5. Ley Aplicable y Litigios

Las presentes CGU se rigen por la legislación de la sede social de la Fundación. Cualquier litigio que no se resuelva de forma amistosa se someterá a los tribunales competentes.